domingo 28 de abril del 2024
DESTACADA 08-02-2024 17:48

Griselda Siciliani compartió un provocador video tras presentarse un proyecto para derogar el aborto legal

La actriz reaccionó contundente en la red luego de que una diputada de La Libertad Avanza expusiera su iniciativa.

Griselda Siciliani reaccionó contundente en la red luego de que una diputada de La Libertad Avanza presentara en las últimas horas un proyecto para derogar el aborto legal en Argentina.

La actriz siempre se mostró comprometida con la lucha feminista y participó de marchas pidiendo por la legalización del aborto. Tal es así, que tras enterarse que desde el Gobierno de Javier Milei quieren derogar la ley, compartió en su cuenta de Instagram un provocador video.

En el clip se la puede ver a Griselda Siciliani bailando y usando el pañuelo verde característico a modo de top. Además compartió una foto simbolizando fuerza con sus brazos, dando a entender que luchará para que este proyecto presentado por la diputada libertaria Rocío Belén Bonacci no se concrete.

Griselda Siciliani aborto legal
El post de Griselda Siciliani tras presentarse un proyecto para derogar el aborto legal

Qué dice el proyecto de Ley para derogar el aborto legal

La diputada libertaria Rocío Belén Bonacci presentó un proyecto para derogar la Ley 27.610 del acceso a la interrupción voluntaria y legal del embarazo y a la atención postaborto de todas las personas con capacidad de gestar, para derogar la norma y penar esa práctica.

La iniciativa se da horas antes del encuentro del presidente Milei con el papa Francisco en el Vaticano y un día después de que el oficialismo retirara del tratamiento de la Ley Omnibus, un traspié para el gobierno.

El proyecto oficialista propone, en uno de sus artículos, "la reclusión de tres a diez años, si el aborto se realiza sin consentimiento de la mujer. Con reclusión o prisión de uno a cuatro años, si obrare con consentimiento de la mujer. El máximum de la pena se elevará a seis años, si el hecho fuere seguido de la muerte de la mujer".

Además cambia el artículo 86 que se refiere a los profesionales a cargo de la intervención de los abortos: "Sufrirán, además, inhabilitación especial por doble tiempo que el de la condena, los médicos, cirujanos, parteras o farmacéuticos que abusaren de su ciencia o arte para causar el aborto o cooperaren a causarlo. El aborto causado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta y con el fin de evitar un peligro inminente para la vida de la madre no es punible, siempre que el peligro no pueda ser evitado por otros medios".

"Será reprimida con prisión de uno a tres años, la mujer que causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare. La tentativa de la mujer no es punible. El juez podrá disponer que se exceptúe de la pena a la mujer en atención a los motivos que la impulsaron a cometer el delito, su actitud posterior, y la naturaleza del hecho", agrega la modificación del artículo 88.

Uno de los puntos más polémicos es el referido a los abortos realizados en embarazos originados por una violación: "Decidimos eliminar la causal de no punibilidad por entender que la misma ha sido sistemáticamente interpretada como una justificación de la práctica. Sin embargo, dichos casos quedan comprendidos en la redacción propuesta para el artículo 88 del CP, que autoriza al juez a eximir a la mujer de la pena en atención a las causas que la llevaron a abortar y a su comportamiento posterior, manteniendo así el carácter delictivo de la conducta. En efecto, creemos que no existe ninguna razón, por dramática que sea, que justifique el descarte de una vida inocente". (Fuente: Noticias Argentinas)

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